Seguros generales

Comercio protegido

En Berkley International ponemos a su disposición soluciones para la protección de las distintas actividades comerciales de sus clientes. Nuestro producto Berkley - Comercio Protegido está orientado a cubrir las necesidades de cobertura de diversas actividades bajo una única póliza de fácil definición, especialmente diseñada y a un costo muy competitivo.

Incendio edificio y contenido

Edificio

Destinadas a amparar los riesgos de daños o pérdidas imprevisibles o accidentales, derivados de trabajos de construcción e ingeniería civil, nuestras pólizas de Todo Riesgo Construcción y Montaje solucionan las necesidades de cobertura de los distintos intereses de las partes intervinientes en una obra y/o montaje: Propietarios y socios comitentes, contratistas, responsables y sub-contratistas.

Contenido

Cobertura de los bienes muebles del comercio: mobiliario, instalaciones, maquinarias y demás efectos correspondientes a la actividad del asegurado.

Cobertura

Daños por fuego, rayo y/o explosión, los medios para extinguirlo, demolición a consecuencia de un riesgo cubierto; vandalismo, huelga y tumulto popular, humo, impacto de aeronaves y vehículos terrestres.

Adicionales sin extra-prima: Huracán, ciclón, tornado Full Value; Vendaval; Granizo y Remoción de escombros hasta el 10% de la suma asegurada de Incendio Edificio o el límite máximo en pesos, según cotización.-, lo que resulte menor; Gastos extraordinarios hasta el 10% de la suma asegurada de Incendio Edificio o el límite máximo en pesos, según cotización.-, lo que resulte menor; Reconstrucción y/o reparación y/o reposición.

Adicionales con extra-prima: Incendio por Terremoto full Value; Inclusión automática de nuevas ubicaciones, hasta el 15% de la suma asegurada de Incendio Edificio ,el límite máximo en pesos, según cotización.-, lo que resulte menor.

Adicionales de cobertura disponibles con pago de extraprima: vendaval y/o granizo. Máximo hasta el límite máximo en pesos, según cotización.

Modalidad de la prestación a prorrata: la Compañía pagará en la misma proporción en que se aseguró el bien con relación a su valor real (costo de reconstrucción).

Ámbito de cobertura (Incendio contenido): dentro del local asegurado.

Remoción de escombros y/o gastos de limpieza: Se cubren los gastos necesariamente incurridos por el Asegurado por las operaciones de limpieza y/o retiro de escombros, de bienes asegurados, destruidos y/o dañados por incendio y/o por cualquier otro riesgo amparado por esta póliza.

Modalidad de la prestación a primer riesgo absoluto: la Compañía pagará hasta el límite establecido en póliza.

Robo contenido general

Se entiende por contenido los bienes muebles del comercio: mobiliario, instalaciones, maquinarias y demás efectos correspondientes a la actividad del Asegurado.

Cobertura

Apoderamiento ilegítimo de los bienes mediante fuerza en las cosas o intimidación o violencia sobre las personas. Daños a los bienes o a la edificación (excepto cristales) ocasionados por robo o su intento, hasta el 10% de la suma para Robo, o el límite máximo en pesos, según cotización.-, lo que resulte menor.

Modalidad

Robo Contenido General a primer riesgo absoluto: la Compañía pagará hasta el límite establecido en póliza.

Robo Bienes de Uso a prorrata: la Compañía pagará en la misma proporción en que se aseguró el bien con relación a su valor real.

Condición de cobertura se deberá adjuntar detalle de bienes cubiertos para aquellos que superen individualmente el límite máximo en pesos, según cotización.-. Dicha descripción deberá figurar en póliza.

Ámbito de cobertura: dentro del local asegurado.

Daños por agua

Se amparan los daños materiales directos ocasionados al edificio y contenido asegurado por la acción del agua, debido a una rotura de cañerías, tanques, válvulas o de la instalación. Modalidad de la prestación a primer riesgo absoluto: la Compañía pagará hasta el límite establecido en póliza.

Equipos electrónicos:

Se considerarán como equipos electrónicos aquellos que trabajan con una alimentación de tensión reducida y contienen algunos de los siguientes elementos: diodos, transistores y semiconductores.

Objectos comprendidos Equipos electrónicos en domicilio: Computadora portátil, Caja registradora, Impresora, Equipo de audio, Equipo de computación, Unidad central, Cámara de CCTV, Equipo DVR, Regulador de tensión, Equipo de telefonía fija, Comandera, Equipo de video, Server y equipos periféricos, Televisores, Fotocopiadora, Fax, Central telefónica, Proyector, Balanza electrónica.

Objetos comprendidos Equipos Electrónicos fuera de domicilio, exclusivamente: Laptop, Ultrabook, Notebook, Netbook.

Cobertura

Daños materiales directos sufridos por los bienes asegurados por cualquier causa accidental, súbita e imprevista que no haya sido expresamente excluida en póliza.

Modalidad de la prestación a primer riesgo absoluto: la Compañía pagará hasta el límite establecido en póliza.

Condición de cobertura: se deberá adjuntar detalle de bienes cubiertos para aquellos que superen individualmente el límite máximo en pesos, según cotización.- de suma asegurada. Dicha descripción deberá figurar en póliza.

Ámbito de cobertura: dentro del local asegurado, excepto equipos portátiles suscriptos como tales, a los que se le puede adicionar con extra-prima cobertura en el Mundo Entero.

Responsabilidad civil

Cobertura

Responsabilidad Civil extracontractual frente a terceros por el ejercicio de la actividad del Asegurado que no esté expresamente excluída, emergente de los Arts. 1109 al 1136 del Código Civil.

Adicionales sin extra-prima: Daños producidos por incendio, rayo, explosión, descargas eléctricas, escape de gas; Carga y descarga, Carteles; Ascensores y/o montacargas, Calderas y/o termotanques, Rotura de cañería, Armas de fuego, Caída de objetos, Contratistas y/o subcontratistas; Bienes bajo cuidado, custodia y control; Animales domésticos y/o de granjas; Guarda de vehículos a título no oneroso, refacciones y/o ampliaciones menores; Grúas y/o guinches, Vendedores ambulantes.


Adicionales con extra-prima: Suministro de alimentos. Adicionales de cobertura disponibles con pago de extraprima: Ascensores y/o Montacargas, Calderas, Suministro de Alimentos, Pileta y Guarda de Vehículos.

Condición de cobertura: para todas las coberturas se deberá dar cumplimiento obligatorio de todas las leyes, normas y reglamentos sobre seguridad y mantenimiento vigentes.

Modalidad de la prestación a primer riesgo absoluto: la Compañía pagará hasta el límite establecido en póliza.

Ámbito de cobertura: República Argentina.

Aclaraciones

Limite: por evento, y hasta 2 reposiciones de Suma Asegurada ante un siniestro durante la vigencia de la póliza.

Sublímites: por evento y agregado anual (Sin reposición de suma).

Deducible: por evento.

Colegios: RC contractual por alumno.

Todo y cada adicional y/o sublímite deben acompañar la cobertura de RC básica y no podrán ser cotizados en forma específica.

Responsabilidad civil hacia linderos

Cobertura

Responsabilidad civil que surja de los Artículos 1109 al 1136 del Código Civil, en que se incurra exclusivamente como consecuencia de la acción directa o indirecta del fuego y/o explosión que resulte indemnizable según los términos de la cobertura. Esta cobertura comprende exclusivamente daños materiales. Modalidad de la prestación a primer riesgo absoluto: la Compañía pagará hasta el límite establecido en póliza.

Cristales

Cobertura

Daños sufridos a los cristales, vidrios, espejos y demás piezas vítreas o similares colocadas verticalmente, únicamente como consecuencia de su rotura o rajadura; comprendiendo los gastos normales de colocación hasta la suma máxima establecida en las condiciones particulares.

Modalidad de la prestación a primer riesgo absoluto: la Compañía pagará hasta el límite establecido en póliza. Ámbito de cobertura: dentro del local asegurado.

Adicionales sin extra-prima: Granizo full Value

Adicionales con extra-prima Inscripciones, grabados, otros; hasta el 10% de la Suma Asegurada de Cristales con un límite máximo en pesos, según cotización.-, lo que resulte menor.

Robo de valores en caja

Cobertura

Robo y/o destrucción por incendio, rayo, explosión del dinero, cheques o valores especificados. Modalidad de la prestación a primer riesgo absoluto: la Compañía pagará hasta el límite establecido en póliza.

Ámbito de cobertura en el local asegurado y durante las horas habituales de tareas. En caja fuerte debidamente cerrada fuera del horario laboral.

Se entiende por caja fuerte un tesoro con frente y fondo de acero templado de no menos de 3 mm. de espesor, con cerradura de llaves "doble paleta", bidimensionales o con otro sistema de seguridad, soldado a un mueble de acero, cuyo peso vacío no sea inferior a 200 Kg., o que se encuentre empotrado y amurado en una pared de mampostería o cemento armado.

Robo de valores en tránsito

Cobertura

Robo y/o destrucción por incendio, rayo o explosión de dinero en moneda nacional o extranjera y/o cheques mientras se encuentre en tránsito, en poder del asegurado o sus empleados en relación de dependencia.

Modalidad de la prestación a primer riesgo absoluto: la Compañía pagará hasta el límite establecido en póliza.

Ámbito de cobertura: República Argentina.

Cláusula de portavalores: cobertura exclusivamente entre ubicaciones de riesgo del Asegurado, declaradas en póliza, y/o desde las mismas hacia entidades bancarias y viceversa. Cuando los tránsitos a bancos y viceversa no puedan realizarse a pie, no se podrán utilizar medios de Transporte Público para llevar el dinero, sino hacerse en automóviles.

Cláusula adicional: el Asegurado deberá cumplimentar lassiguientes medidas de seguridad como condición de suscripción:

-

Traslados de hasta el límite máximo en pesos, según cotización.-: un portavalores.

-

Traslados de más del limite mínimo de valores en pesos.- hasta el límite máximo en pesos, según cotización.-: un portavalores más un custodio armado.

De producirse un siniestro facilitado por el no cumplimiento de la disposición antes mencionada, el asegurador quedará liberado de toda responsabilidad aseguradora.