Guías Digitales

Cálculo de la cuota de ART Regimen General

La alícuota se aplica sobre el monto total de remuneraciones y conceptos no remunerativos (sin considerar tope alguno) que declare mensualmente el empleador (Ley 26.773, art. 10), a excepción de aquellos relacionados con la extinción del contrato laboral.

En general el aplicativo calculará en forma automática los montos a abonar, previa carga de los datos requeridos correspondientes a la empresa, a cada empleado y a las alícuotas convenidas con Berkley

El pago se realiza por VEP en forma conjunta al de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social o bien de manera individual ingresando el impuesto 312, concepto 019 y subconcepto 019.

El VEP es un Volante Electrónico de Pago que te permite pagar por internet diferentes obligaciones.

Para conocer cómo generar y pagar un VEP podés mirar este video tutorial o consultar la Guía Paso a Paso

Códigos de Impuestos - Conceptos - Subconceptos válidos para el pago

Al cancelar sus obligaciones, tenga en cuenta que siempre el pago se formaliza en concepto de tres códigos: el del Impuesto, Concepto y Subconcepto.

Para el ingreso de las obligaciones originadas en el saldo de las DJ deberá efectuarse una transferencia electrónica, generando un Volante Electrónico de Pagos – VEP (seleccionando “Grupo de Tipo de Pagos: Empleadores SICOSS” y “Tipo de Pago: Empleadores SICOSS-Saldo DJ”) considerando los datos del cuadro. Para el pago de los intereses resarcitorios (por pago fuera de término), también deberá generarse un VEP (seleccionando “Grupo de Tipo de Pagos: Otros Pagos” y “Tipo de Pago: AFIP – OTROS PAGOS”) y efectuar la transferencia electrónica utilizando los siguientes códigos:

Obligación a cancelar Impuesto Concepto Subconcepto
Contribuciones a la ART Ley 24557 312 019 019
Intereses - Contribuciones a la ART Ley 24557 312 019 051

Seguridad Social

Grandes Contribuyentes

¿Cómo puedo pagar?

¿Dónde puedo pagar?

  • En el sitio web de los prestadores homologados por esta Administración Federal o de la red bancaria de la entidad. Deberás ingresar la identificación y la clave de acceso, observando las formas y condiciones acordadas con el prestador.
  • En el sitio web de AFIP, ingresando con clave fiscal al servicio “Presentación de DDJJ y Pagos”.

Posteriormente, deberás generar el volante electrónico de pago (VEP), donde se especificará la obligación a cancelar y los datos correspondientes a CUIT, período, impuesto, concepto, subconcepto e importe.

A fin de abonar el VEP, deberás acceder a la entidad de pago y seleccionar la opción "Pagos AFIP". El pago podrá efectuarse en forma inmediata tras la generación del VEP.

Resto De Contribuyentes

¿Cómo puedo pagar?

Por transferencia electrónica de fondos

¿Dónde puedo pagar?

  • Homebanking. A fin de utilizar este servicio, previamente deberás concurrir con tu tarjeta de débito a cajeros automáticos que sean de la misma red que dicha tarjeta, para obtener la clave de acceso.
  • En el sitio web de los prestadores homologados por esta Administración Federal o de la red bancaria de la entidad. Deberás ingresar la identificación y la clave de acceso, observando las formas y condiciones acordadas con el prestador.
  • En el sitio web de AFIP, ingresando con clave fiscal al servicio “Presentación de DDJJ y Pagos”.

Posteriormente, deberás generar el volante electrónico de pago (VEP), donde se especificará la obligación a cancelar y los datos correspondientes a CUIT, período, impuesto, concepto, subconcepto e importe.

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