La cobertura de personal doméstico es para personas físicas con personal que trabaja en su domicilio particular.
La A.R.T. para el personal doméstico es un servicio que debés elegir y estás obligado a pagar. De lo contrario, la Superintendencia de Riesgo de Trabajo, por sorteo, asignará una ART de oficio.
En caso de que el trabajador sufra un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, la aseguradora se hará cargo de:
- La atención médica inmediata.
- Pagar el sueldo mientras el trabajador esté en tratamiento.
- Pagar las indemnizaciones que correspondan.
Te inscribís como empleador de casas particulares a través del portal de la AFIP, para obtener la Constancia de registro como empleador del servicio doméstico: https://casasparticulares.afip.gob.ar/%5C
Luego de registrar a tu empleada Doméstica en AFIP y antes de realizar el primer pago de aportes, solicitá a tu Productor Asesor de Seguros de confianza que genere en Berkley ART una Solicitud de Póliza Digital para personal de casa particulares. Luego deberás aceptar la misma desde e-servicios. Para más información ver: Póliza Digital.
Si ya contás con cobertura de otra ART y queres traspasarte a Berkley ART, deberás solicitar un CNO (ver póliza digital) y contactar a tu Productor de Seguros de confianza para que genere la solicitud de póliza digital.
Sistema de pago
Los sistemas de pago que se encuentran disponibles actualmente son los siguientes:
1. Pago electrónico a través de la generación de un Volante Electrónico de Pagos.
- ¿Cómo genero el Volante Electrónico de Pagos (VEP) para casas particulares? https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/guiasPasoPaso/VerGuia.aspx?id=254
- ¿Cómo genero un VEP (Volante Electrónico de Pagos) a través de Visa Home? https://www.afip.gob.ar/comoPagarImpuestos/como-pagar-impuestos/casas-particulares.asp
2. Pago manual, completando los formularios correspondientes:
- Pago de aportes, contribuciones y cuota de riesgos de trabajo para el personal de casas particulares (Formulario N° 102/RT).
- El formulario F. 102RT (Pago conjunto de las cargas sociales del mes anterior y ART del mes actual)
- El formulario F. 575RT (Pago solo de la ART del mes actual. Para nuevos empleados. Pago del primer mes de ART)
Los valores están fijados por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y la Superintendencia de Seguros de la Nación en base a la carga horaria laboral de cada trabajador, diferenciado las escalas en : Hasta 12 horas, entre 12 y 16 horas y más de 16 horas.
La cuota a la ART vencerá el 10 de cada mes (igual que los aportes a la AFIP).